Algunos atletas pueden tener enfermedades o condiciones que requieran que tomen medicamentos o se sometan a procedimientos. Si el medicamento o método que un atleta debe usar para tratar una enfermedad o afección está prohibido según la Lista de Prohibiciones de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), una AUT puede otorgar a ese atleta la autorización para usar esa sustancia o método mientras compite sin invocar una infracción de las normas antidopaje (INAD) y la sanción aplicable. Las solicitudes de AUT son evaluadas por un panel de médicos, el Comité AUT (CAUT).
Los atletas que están sujetos a las normas antidopaje necesitarían una AUT para tomar una sustancia prohibida o usar un método prohibido, deben verificar con PRADO para saber a quién debe aplicar y si presentarla de manera retroactiva.
En primer lugar, compruebe si el medicamento requerido o el método que pretende tomar o usar está prohibido según la Lista de Prohibiciones de la AMA.
Tiene la responsabilidad de informar a su(s) médico(s) que es un atleta sujeto a las normas antidopaje. Usted y su(s) médico(s) deben revisar la Lista de Prohibiciones para la sustancia/método que le recetaron. Si la sustancia/método está prohibido, discutir alternativas no prohibidas, si no hay ninguna, solicitar una AUT. Recuerde que los atletas tienen la responsabilidad final. Comuníquese con PRADO si tiene dificultades.
Luego, comuníquese con PRADO para determinar su nivel de competencia y los requisitos de solicitud de su AUT.
Las AUT otorgadas por PRADO son válidas únicamente a nivel nacional. Si usted es o se convierte en un atleta de nivel internacional, o participa en competencias importantes, esa AUT no será válida a menos que la reconozca la Federación Internacional (FI) pertinente o la Organización Responsable de Grandes Eventos (MEO por sus siglas en inglés).
Es su responsabilidad comprobar si la AUT emitida por PRADO es reconocida automáticamente por la FI o el MEO.
Si necesita ayuda para determinar su nivel de competencia puede contactarnos al correo tue@prado-pur.org
En circunstancias raras y excepcionales y sin perjuicio de cualquier otra disposición de la ISTUE, puede solicitar y obtener una aprobación retroactiva para el uso terapéutico de una sustancia o método prohibido, si considerando el propósito del Código, sería manifiestamente injusto no otorgar una AUT retroactiva.
Esta AUT retroactiva única solo se otorgará con la aprobación previa de la AMA (y la AMA puede, a su absoluta discreción, aceptar o rechazar la decisión de PRADO).
Hay dos formas de solicitar su AUT. Lo recomendado es a través del Sistema ADAMS, utilizando su usuario y contraseña. Si no los tiene, puede solicitarlos en tue@prado-pur.org
La segunda forma es a través de un formulario, siguiendo las siguientes instrucciones:
Descargue el formato general de AUT dando clic al botón.
Solicite a su médico que llene el formulario de AUT, en Mayúsculas Legibles o mecanografiado, y envíelo junto con su expediente médico a tue@prado-pur.org
El expediente médico debe incluir: